Marco jurídico - resumen
Ecuador tiene numerosas leyes relacionadas a la conservación y el uso sostenible de los bosques, así como la conservación de áreas naturales y la biodiversidad; la mayoría está bajo un proceso de revisión y actualización. Estas leyes, algunas de las cuales se mencionan posteriormente en este documento, proveen lineamientos para el uso de los recursos naturales, así como también medidas de control para asegurar su cumplimiento y proteger los bosques.
La Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y de Vida Silvestre está vigente desde 1981. El componente forestal enfatiza el manejo forestal, los bosques de producción (bosques nativos y plantaciones), el control forestal y la investigación. La Ley de Biodiversidad (2004) se enfoca en la protección de la biodiversidad en Ecuador, lo que incluye recursos genéticos y ancestrales. La Ley de Agua (2004) se enfoca en la conservación del agua, su uso (doméstico y de riego), su descontaminación y mejoramiento de la calidad, la ubicación de fuentes subterráneas y los derechos de los ciudadanos para el acceso y el uso del agua.
La Constitución de Ecuador (2008) es la ley suprema del Ecuador y proporciona el marco para la organización del gobierno y la relación entre el gobierno y los ciudadanos. La Constitución fue aprobada por referendo público y entró en vigencia el 20 de octubre del 2008, cuando fue publicada en el Registro Oficial. El Artículo 74 de la Constitución regula los servicios ambientales para asegurar que la gente, las comunidades y los grupos indígenas tengan el derecho a beneficiarse del medio ambiente. Este artículo también establece que “los servicios ambientales no son susceptibles de apropiación y que su producción, provisión y uso serán regulados por el Gobierno Nacional”, indicando que la captación de carbono por los bosques, la cual es considerada un servicio ambiental, no sería susceptible de ser vendida o apropiada; por lo tanto, resulta confuso cómo Ecuador podría participar en mercados de cumplimiento como parte de una fuente de recursos para REDD+. Por esta razón, el MAE está liderando un proceso que permita definir el marco regulatorio para los servicios ambientales en el país, el cual incluirá mecanismos para incentivos, derechos de uso y provisiones para la distribución equitativa de beneficios económicos de su uso (MAE 2011b). La interpretación del Artículo 74 de la Constitución está actualmente bajo escrutinio para definir su aplicabilidad sobre las actividades REDD+ presentes y futuras, y el nivel (nacional, sub-nacional, proyecto) en el cual éstas podrían realizarse. Los Artículos 400, 403 y 414 de la Constitución contienen mandatos específicos para proteger la diversidad biológica, conservar los bosques y proteger poblaciones en riesgo.
Ecuador es un país signatario de diversos convenios internacionales relacionados al medio ambiente, así como de algunos tratados internacionales enfocados en la protección de ciertas especies biológicas en peligro de extinción (ej., tiburones, tortugas marinas y vicuñas).
Referencias
MINISTRY OF ENVIRONMENT. 2011b. National Program Document Ecuador. UN-REDD Programme. Quito.
